Cómo reclamar a AEDAS Homes por defectos de construcción: lo que ampara la Ley de Ordenación de la Edificación

Comprar una vivienda de obra nueva no deja al comprador desprotegido si aparecen defectos. La Ley de Ordenación de la Edificación establece garantías obligatorias frente a la promotora, y son bastante más amplias de lo que la mayoría cree.

Los plazos son tres: un año para los defectos de terminación, tres años para los que afectan a la habitabilidad y diez años para los daños estructurales. El cómputo arranca en la recepción de la obra, no desde la entrega de llaves de cada vivienda.

El procedimiento habitual empieza por documentar: un informe pericial que identifique el defecto, su aquí causa y su coste de reparación. Sin prueba técnica no hay nada que sostener ante la promotora ni ante un juez.

Después llega la reclamación extrajudicial, dirigida a la promotora y al resto de agentes de la edificación que corresponda. Muchos asuntos se resuelven ahí; los que no, siguen en los tribunales apoyados en ese mismo dictamen.

En promociones grandes actuar a través de la comunidad de propietarios suele ser más eficaz y distribuye los costes técnicos entre todos los afectados.

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